Ley 9078– Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial. Correspondiente al 5% de las infracciones a la Ley de Tránsito (Art. 248). El 100% está destinado a compra de combustible, reparación, compra y mantenimiento de equipos fijos o vehículos en los comités auxiliares.
Ley 8114 – Simplificación y Eficiencia Tributaria, para gastos operativos, exoneración del impuesto al combustible de las ambulancias y el pago de salarios (90% costos operativos / 10% costos administrativos.) Del total recibido un 85% se destina a los comités, un 10% a la administración central y un 5% a la Dirección de Socorros y Operaciones.
Ley 8461 – Ley Reguladora de la Actividad Portuaria de la Costa del Pacífico (20/10/2005), la cual asigna un 1% a los comités auxiliares ubicados en el cantón central de Puntarenas de los fondos recolectados como consecuencia del gravamen a cada tonelada de carga que se movilice en los puertos de los cantones del cantón central y Esparza.
la 8690 del Impuesto Rojo, para modificar las bandas inferiores y superiores de consumo a las que aplicar la contribución para la institución, incluyendo la telefonía móvil prepago.
la 9078 Ley Tránsito para reasignar el porcentaje original del 15% a las multas de tránsito, reducido al 5% en 2012.
la 5649 del Timbre Cruz Roja para incrementar su precio de CRC 200 a CRC 500.
Los aportes municipales anuales, que se utilizan en la operación de los Comités Auxiliares cantonales bajo su jurisdicción.